fbpx

No use pajitas: cuide el medio ambiente y evítese una multa

alberto_poletti_vinclum_abogados_consultores_perfil-4520433


Alberto Manuel Poletti Adorno                  
Abogado. Doctor en Derecho Universidad Paris 1 Panthéon-Sorbonne
Profesor de la Universidad Iberoamericana          
 apoletti@vinclum.com.py    

La Ordenanza 43/22 de la Municipalidad de Asunción
Cuidar el ambiente hace tiempo dejó de ser una moda para convertirse en una obligación legal. Son varias las normas en la Constitución y leyes que así lo disponen. Y otras instituciones también se han sumado. La Municipalidad de Asunción dictó la Ordenanza 43/22 “Por la cual se prohíbe la utilización, entrega y expendio de pajitas de plásticos en los locales gastronómicos y comerciales” que fue aprobada por la Junta Municipal el 5 de octubre de 2022 y tuvo sanción ficta de la Intendencia (art. 41 Ley 3966/2010 Orgánica Municipal)
La norma en cuestión tiene como objetivo, disminuir la generación de residuos plásticos que se generan desde la producción, comercialización y uso de pajitas de plástico (art. 1º)
Luego de definir los materiales biodegradables (aquellos que pueden descomponerse mediante la acción de agentes biológicos y ser reincorporados naturalmente al suelo – art. 2º – y que son aplicables por determinarse su utilización en el futuro) se establece el ámbito de aplicación (art. 3º):
a) Establecimientos comerciales del rubro gastronómico, y a todo tipo de local comercial donde se expiden todo tipo de bebidas.
b) Hoteles, hostales, alojamientos en general.
e) Shoppings, galerías comerciales y centros comerciales a cielo abierto; patios de comidas, foods park, lomiterias, venta ambulante y otros.
d) Locales que posean una concurrencia de más de trescientas (300) personas por evento.
e) Puestos de venta ambulantes.
f) Todo local comercial donde se comercialice este tipo de productos.

Período de adaptación:
Se menciona que los propietarios de negocios indicados mas arriba deben reemplazar el uso de pajitas de plástico por otras de materiales biodegradables alternativos no contaminantes y se establece un plazo para la implementación de la medida:
a) 180 días (posiblemente fines de abril de 2023) no se permite ofrecer o colocar pajitas de plástico de un solo uso a la vista del cliente.
b) luego de ese período, no se permiten la utilización, entrega y expendio de pajitas plásticas de un solo uso y se debe reemplazar la distribución, comercialización y uso de pajitas de material plástico por los biodegradables.

Programas y campañas educativas para la protección del ambiente
Conforme al art. 7º de la Ordenanza la Intendencia Municipal de Asunción deberá implementar campañas educativas o programas de concientización ciudadana para fomentar la reutilización y uso de las pajitas ya fabricadas, que serán sacadas de circulación. Se deben incluir como componentes: campañas de comunicación, educación ambiental, aplicar mediciones del alcance de la implementación de las campañas.

Las sanciones
El incumplimiento o transgresión de lo establecido en la Ordenanza 43/22 puede ser sancionado de la siguiente forma:
a) Apercibimiento y notificación instando al cumplimiento de lo establecido en la ordenanza.
b) Incumplimiento después de haber sido apercibido y notificado: será considerada Falta Leve (y la remisión al art. 77 de la Ley 3966/2010 Orgánica municipal)
c) Transgresión al Artículo 4°: Será considerada Falta Grave (sancionadas conforme al art. 85 de la Ley 3966/2010 Orgánica municipal)
d) Reincidencia en la Falta Grave: Será considerada Falta Gravísima (art. 85 ley 3966/2010 citada)
Los incisos b, c, y d del art. 9º pueden ser por ende sancionados con una multa. La Ordenanza N° 131/00 establece la escala de sanciones aplicables por faltas municipales: para las faltas leves se establece de 1 a 100 jornales, para faltas graves de 10 a 300 jornales y para faltas gravísimas, de 20 a 2700, siempre en concepto de multa.  
Actualmente en el Paraguay el salario mínimo vigente es de Gs. 2.550.307 conforme al Decreto Nº 7270 del 21 de junio de 2022 mientras que el jornal diario se fijó en Gs. 98.089. Por ende, una multa por falta leve (aplicable luego de un apercibimiento y notificación) sería de 98.089 a 9.808.900 Gs. pudiendo la misma no obstante ser reducida por el Intendente a solicitud del infractor o fraccionado el pago.

Una contribución a favor del ambiente
Se mencionó que las pajitas tardan alrededor de 500 años en degradarse, al estar hechos de plástico, contienen aditivos químicos nocivos para el medio ambiente y la vida humana y al ser pequeños pueden causar graves daños a animales que los ingieren o las mismas quedan incrustadas en partes del cuerpo de las especies, causando heridas o hasta la
Son plásticos de un solo uso, no se reciclan, están hechos de un material que absorbe las sustancias con las que entran en contacto, liberando estos tóxicos en la tierra en dónde quedan años enterrados o en el agua en dónde la mayor parte va a parar.
Para evitar el uso de pajitas de plásticos, se sugieren alternativas hechas de productos naturales como almidón, semillas de aguacate, harina de maíz, etc.
El MADES estima que en el mundo se utilizan alrededor de 500 millones de pajitas por día
Además de cambiar de hábitos, y pedir las bebidas ¡Sin pajita por favor! cada persona puede contribuir a la difusión y conocimiento de la Ordenanza 43/22 y las normas citadas para mejorar el medio ambiente. ¿Quién se adhiere?